TRÁMITES AL NACIMIENTO DEL BEBÉ

TRÁMITES AL NACIMIENTO DEL BEBÉ

La llegada del bebé viene acompañada de ciertas gestiones necesarias que suelen ser tarea de la pareja.

Esta parte burocrática no es la más divertida ni la que más apetezca, pero es importante hacerlo cuanto antes para dar de alta al bebé en los diferentes organismos oficiales.

A continuación, describimos todas las tareas que le tocó hacer al papi cuando llegó Baby O:

  1. Llamar al médico de cabecera y solicitar el alta de la baja del embarazo, en el caso de estar de baja para que pueda empezar la baja por maternidad. Si el parto es en un hospital público, este paso lo realiza en muchas ocasiones el propio hospital.
  2. Recoger el informe de alta hospitalaria. El alta deberá ir acompañada por el informe médico (el famoso impreso amarillo) y el boletín estadístico, a rellenar entre los padres y los médicos que atendieron el parto. Si el parto va a ser en un hospital privado, es necesario que estos documentos se aporten por parte de las parejas el día del parto. Se consiguen en el Registro Civil de cada localidad.
  3. Informar a las empresas, de la madre y la pareja, del nacimiento. En ambos casos se suele solicitar el informe de alta hospitalaria y el informe de baja por maternidad, además del informe de alta de la baja por embarazo en el caso de la madre.
  4. Alta del bebé en el Registro Civil. Es conveniente solicitar cita online para unos días después de la fecha estimada de alta hospitalaria, puesto que el plazo oficial para la inscripción del bebé es de 72 horas, aunque en caso de no hacerlo se habilita un plazo adicional de 7 días, pudiendo llegar a los 30 días cuando se acredite justa causa. En Alicante, para el primer bebé, deben acudir los dos miembros de la pareja y el propio bebé (sí, es un procedimiento arcaico, sobre todo, por hacer ir a un bebé recién nacido y una mamá después del parto, a tal gestión). En el registro hay que aportar la documentación entregada por el hospital (impreso amarillo y boletín estadístico), además de los DNIs de ambos y el libro de familia. Con la inscripción en el Registro Civil, el bebé quedará dado de alta en el padrón municipal.
  5. Solicitar la prestación de Maternidad y Paternidad. A través de la página web de la Seguridad Social, en este link, se deberán pedir ambas prestaciones. IMPORTANTE: Solicitar la prestación cuanto antes para que no se demore el pago. OJO: lo más probable es que la madre empiece a cobrar la prestación antes que la pareja, porque se da prioridad en el pago. Es fundamental haber realizado lo antes posible el paso 3 anterior, puesto que para solicitar esta prestación previamente las empresas deben haber informado de ello a la Seguridad Social, informando del plazo de baja elegido por la madre o padre.
  6. Incluir al bebé como beneficiario de la asistencia sanitaria pública de alguno de los miembros de la pareja. Se realiza en a través del siguiente link en la sede electrónica de la Seguridad Social.
  7. Solicitar tarjeta SIP del bebé. Este trámite se puede realizar directamente en el centro de salud de referencia con la documentación aportada por el hospital o la documentación del registro civil.
  8. Solicitud de deducción de 100€ por madre trabajadora. En el caso de ser madre trabajadora, el gobierno aporta una ayuda de 100€ al mes durante 3 años. Para solicitarlo, se debe realizar a través de este link.

Una vez solicitada la baja por embarazo y comunicado el nacimiento del bebé, es el momento en el que empieza a contar las 16 semanas de baja por maternidad y paternidad.

Además de la baja por maternidad o paternidad, hay que pedir el permiso de lactancia. En primer lugar, es importante decir que el permiso lo pueden solicitar ambas personas de la pareja, no es excluyente. El permiso consiste en una hora de ausencia del trabajo en cada día laborable hasta que el hijo cumpla 9 meses. La cuantía y los modos en que se pueden disfrutar varían en ocasiones según el convenio colectivo que aplique, pero normalmente existen las opciones de reducir la jornada laboral en 1 hora (completa o en 2 fracciones de 30 minutos) o bien acumular todas las horas para poder disfrutarlas juntas, que habitualmente equivale a 15 días laborables. Con este permiso la retribución del padre y madre trabajadoras se mantendrá y se hará cargo de la misma la empresa para la que trabaje. Es por ello por lo que el permiso se debe solicitar por escrito a la empresa. Es un mero trámite, puesto que es obligatoria su concesión, pero mediante la solicitud el padre o madre trabajadores informan del modo en que van a disfrutar del permiso y en qué fechas.

Estos pasos son para trabajadores por cuenta ajena.

CONSEJO

Una vez en el Registro Civil, recomendamos solicitar el documento específico del registro civil para poder realizar el DNI del bebé y no tener que volver a pedir cita y solicitar el documento. OJO, solo dura 6 meses.

Sabemos que todo esto es un lío y más en un momento tan importante de la vida de los padres, por eso, nuestro Papi ha querido dejar una plantilla con checklist, para que pueda ser de ayuda a los futuros papis.

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